CASO 1
Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel
técnico en el SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace
cuatro meses inició su proceso de formación y su instructor
le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio
donde permanece la maquinaria y para que analice el
mantenimiento que se le hace a la misma.
Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada,
pero el jefe de mantenimiento le solicita que presente el carné
personal que lo acredita como aprendiz SENA.
Federico manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos
oportunidades se lo ha solicitado a la líder de bienestar, ella
le ha explicado que los carnés son para los aprendices de
la modalidad presencial.
Análisis:
1. ¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se basaría?
Federico tiene Derecho cómo aprendiz SENA, al carné que le otorga el instituto en el momento de la legalización de la matrícula, el mismo lo acreditará cómo aprendiz SENA. Para más información puede dirigirse al Reglamento en el art 7. apartado 4, De los derechos del Aprendiz dónde especifica:
"Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz
del SENA."
2. En relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le dio la
funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué.
Es equivocada. El Reglamento indica en el artículo 3 DE LOS PRINCIPIOS GENERALES lo siguiente:
"ARTÍCULO 3. Se considera aprendiz SENA a toda persona matriculada en los programas de
formación profesional de la entidad, en cualquier tipo de formación: Titulada o Complementaria,
desde las diferentes modalidades Presencial, Virtual o Combinada, por consiguiente debe
ser consciente y vivenciar que derechos y deberes son correlativos e inseparables en su
proceso formativo."
Por lo anterior, si Federico es Aprendiz merece el carné que acredite lo mismo, La líder debería escucharlo con atención y solucionarle su petición, Siempre y cuando se cumpla el artículo 7 apartado 8 que índica:
"Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de los directivos, Instructores
y personal administrativo, ante las dificultades que se puedan presentar en su proceso de formación."
No hay comentarios:
Publicar un comentario